Plebiscito y Referéndum
|
PLESBICITO |
REFERENDUM |
|
La votación no debe ser anterior a un mes o superior a 4 meses. |
Debe de realizarse en los seis meses siguientes de la solicitud. |
|
Mecanismo democrático de consulta popular para rechazar o aprobar o rechazar
una determinada decisión del ejecutivo. |
Mecanismo democrático de consulta popular para rechazar o aprobar un
proyecto de norma, jurídica. |
|
Convocado por el gobierno, en este caso el presidente |
Convocado por la presentación de firmas, 5% del censo electoral |
|
El presidente debe presentar al congreso y sustentar el plebiscito,
debe llevar la firma de todos los ministros |
Inscripción de la iniciativa |
Comentarios
Publicar un comentario